Modernización laboral: despidos, indemnizaciones y período de prueba, entre los principales cambios

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Con el DNU, el presidente estableció reformas significativas en el régimen laboral. Desde modificaciones en las indemnizaciones hasta flexibilización en las causales de despidos. 

El DNU que presentó Javier Milei modificará sustancialmente la vida de los argentinos. A través de este de este megadecreto, el presidente derogó 30 leyes e introdujo cambios en otras centenares de ellas.

Una de las transformaciones claves que esta administración hará, es la llamada "modernización laboral". Otros gobiernos que presidieron al de MIlei intentaron hacer cambios similares, pero siempre este tipo de medidas fueron resistidas por los sindicatos y la ciudadanía.

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Cambios en el trabajo

  • Limita el cálculo de las indemnizaciones: No se tomará en cuenta el sueldo en su totalidad para las liquidaciones: a partir de este DNU, no se considerarán el aguinaldo, los bonos, horas extras, etc. Si un trabajador tiene muchos años de antigüedad, al despedirlo, el empleador podrá regirse bajo la nueva actualización.
  • Reduce los intereses en juicios laborales: Hasta ahora, los empleados podían reclamar no haber sido inscriptos correctamente durante el período trabajado en el Registro de Relación Laboral, y eso representaba una multa que cobraban junto a la liquidación final. A partir de ahora, esas leyes que establecían multas por no registrar a los trabajadores, quedan derogadas.
  • Crea un fondo de Cese Laboral: Habilita a determinados gremios o actividades a crear un fondo donde el empleador podrá depositar hasta un 8% del sueldo. Cuando despiden al trabajador, el dinero de la liquidación no lo pondrá la empresa, sino que surgirá de este ahorro.
  • Modifica el período de prueba: de 3 meses pasa a 8
  • Modifica las causas de despido: Se flexibiliza la figura de la "justa causa".
  • Derecho a huelga: En el caso de que se anuncie un paro, los trabajadores que realizan "actividades escenciales", deben garantizar que éstas se lleven a cabo. 
  • Monotributistas: Un monotributista podrá contratar hasta 5 trabajadores también con monotributo: Los empleados no podrán demostrar, en un eventual juicio, la relación de dependencia encubierta que este mecanismo representa. A partir del DNU, este vínculo solo se regirá por el Código Civil y Comercial. 

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